martes, 31 de enero de 2012

RELACIÓN ENTRE PELIGRO Y RIESGO

Todo sistema de clasificación y comunicación de peligros, en relación con el lugar de trabajo, empieza con una evaluación de los peligros que entraña el ambiente laboral. El grado de peligrosidad de las fuentes que ocasionan daños o perjuicios a la salud de los trabajadores dependerá de las propiedades intrínsecas de las mismas, como por ejemplo la capacidad de arder, explotar, corroer, interferir en los procesos biológicos, etc. El peligro se basa principalmente en un examen de los estudios científicos disponibles sobre la fuente. El concepto de riesgo o la probabilidad de efectos nocivos, y la comunicación subsiguiente de esa información, se introduce cuando se considera la exposición en conjunción con los datos sobre los posibles peligros. El riesgo se refiere a la probabilidad de daño bajo determinadas circunstancias, mientras que el peligro hace referencia a la capacidad de provocar un daño que tiene una fuente.

El planteamiento básico en la evaluación de riesgos se describe con la fórmula:

Peligro x Exposición = Riesgo

De este modo, si se reduce al mínimo el peligro o la exposición se minimiza el riesgo o la probabilidad de un efecto nocivo. Una buena comunicación de peligros alerta al usuario sobre la presencia de un peligro y la necesidad de reducir al mínimo la exposición y el riesgo resultante.

Todos los sistemas que transmiten información sobre el lugar de trabajo comprenden de algún modo tanto los peligros como el riesgo. Varían en dónde y cómo proporcionan la información, y el mayor o menor detalle con que abordan las exposiciones potenciales.

CLASIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGOS

Los Riesgos se pueden clasificar en:

1.         Riesgos Físicos: Ruido. Vibraciones. Temperatura. Iluminación. Vibraciones. Radiación Ionizante y no Ionizante. Temperaturas Extremas (Frío, Calor). Radiación Infrarroja y Ultravioleta.

2.         Riesgos Mecánicos: Golpes. Contusiones. Cortes. Cizallamientos.

3.         Riesgos Químicos: Polvos. Vapores. Líquidos. Disolventes.

4.         Riesgos Biológicos: Exposición a material biológico que puede conllevar infecciones en procesos de: producción, recepción, almacenamiento, transporte, disposición final, incluso en los procesos de incineración.

5.         Riesgos Ergonómicos: Trastornos Músculo-Esqueléticos.

6.         Riesgos Psicosociales: Estrés.

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sábado, 28 de enero de 2012

EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN AL RUIDO

Metodología para determinar el nivel de presión acústica continuo equivalente ponderado A, representativo de las condiciones de exposición al ruido de los trabajadores durante el trabajo.

ESTUDIO PREVIO

Debe incluir:
  • Identificación de todos los puestos de trabajo susceptibles de ser evaluados, exceptuando aquellos cuyo nivel diario equivalente y nivel de pico sean manifiestamente inferiores a 80 dBA y/o 140 dB respectivamente. No se excluirán de la evaluación aquellos puestos en los que existan dudas razonables al respecto.
  • Localización de todas las fuentes generadoras de ruido y estimación de los puestos de trabajo a los que afectan.
  • Descripción del ciclo de trabajo, esto es, el mínimo conjunto ordenado de tareas que se repite cíclica y sucesivamente a lo largo de la jornada de trabajo, constituyendo el quehacer habitual del individuo que ocupa dicho puesto.
  • El conocimiento de las fuentes generadoras de ruido y de los ciclos de trabajo permitirá, en ocasiones, establecer grupos homogéneos de puestos cuya exposición sea equivalente. Esto puede simplificar el número de mediciones a realizar, extrapolando los datos obtenidos para un puesto de trabajo a todo el grupo homogéneo.

TIPOS DE RUIDO

Ruido estable, Aquél cuyo nivel de presión acústica ponderada A (LpA) permanece esencialmente constante. Se considerará que se cumple tal condición cuando la diferencia entre los valores máximo y mínimo de LpA sea inferior a 5 dB.

Ruido periódico, Aquél cuya diferencia entre los valores máximo y mínimo de LpA es superior o igual a 5 dB y cuya cadencia es cíclica.

Ruido aleatorio, Aquél cuya diferencia entre los valores máximo y mínimo de LpA es superior o igual a 5 dB, variando LpA aleatoriamente a lo largo del tiempo.

Ruido de Impacto, Aquél cuyo nivel de presión acústica decrece exponencialmente con el tiempo y tiene una duración inferior a un segundo.

METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN

Ruido estable, Si el ruido es estable durante un periodo de tiempo (T) determinado de la jornada laboral, no es necesario que la duración total de la medición abarque la totalidad de dicho periodo.

Si la medición se realiza con un decibelimetro, como mínimo se tomarán 5 mediciones de una duración mínima de 15 segundos cada una y obteniéndose el nivel equivalente del periodo T (L Aeq,T) directamente de la media aritmética.

Si la medición se efectuase con un decibelimetro integrador-promediador o con un dosímetro, se obtendría directamente el L Aeq,T. Como precaución podrían efectuarse un mínimo de 3 mediciones de corta duración a lo largo del periodo T y considerar como Laeq,T la media aritmética de ellas.

Ruido periódico, Si el ruido fluctúa de forma periódica durante un tiempo T, cada intervalo de medición deberá cubrir varios periodos. Las medidas deben ser efectuadas con un decibelimetro integrador-promediador o un dosímetro. Si la diferencia entre los valores máximo y mínimo del nivel equivalente (LAeq) obtenidos es inferior o igual a 2dB, el número de mediciones puede
limitarse a 3. Si no, el número de mediciones deberá ser como mínimo de 5. El L Aeq,T se calcula a partir del valor medio de los LAeq obtenidos, si difieren entre ellos 5 dB o menos. Si la diferencia es mayor a 5 dB se actuará como si se tratara de Ruido Aleatorio.

Ruido aleatorio, Si el ruido fluctúa de forma aleatoria durante un intervalo de tiempo T determinado, las mediciones se efectuarán con un decibelimetro integrador-promediador o con un dosímetro. Se pueden utilizar 2 métodos:

Método directo, El intervalo de medición debe cubrir la totalidad del intervalo de tiempo considerado.

Método de muestreo, Se efectuarán diversas mediciones, de forma aleatoria, durante el intervalo de tiempo considerado. La incertidumbre asociada será función del número de mediciones efectuadas y la variación de los datos obtenidos.

Ruido de impacto, La evaluación del ruido de impacto se efectuará mediante la medición del nivel de pico, que se realizará en el momento en que se espera que la presión acústica instantánea alcanza su valor máximo.

Los instrumentos empleados para medir el nivel de pico o para determinar directamente si éste ha superado los 140 dB, deben tener una constante de tiempo en el ascenso no superior a 100 microsegundos. Si se dispone de un decibelimetro con ponderación frecuencial A y características «IMPULSE» podrá considerarse que el nivel de pico no ha sobrepasado los 140 dB cuando el LpA no ha sobrepasado los 130 dBA.

CICLO DE TRABAJO

Si la exposición de un trabajador al ruido se ajusta a un ciclo determinado (ciclo de trabajo), las mediciones deberán ser representativas de un número entero de ciclos.

Cuando el ciclo esté compuesto por subciclos, los LAeq, Ti representativos de los distintos subciclos (i), nos conducirán al LAeq.T mediante la expresión:

Laeq.T= 10 Lg (1 /T) Σi Ti. 10E0.1/LAeq,Ti

Siendo:
  • T: tiempo total del ciclo
  • i: número de subciclos
  • Ti: tiempo de cada subciclo
    Este Laeq.T corresponderá al Laeq.d cuando la jornada laboral coincida con el tiempo de exposición al ruido. Si en dicha jornada laboral existen intervalos de no exposición al ruido, el nivel diario equivalente vendrá dado por la ecuación:
Laeq.d = Laeq.T + 10 Ig (T'/8)

Siendo:

T el tiempo de exposición al ruido en horas/día.

Cuando no sea posible establecer dichos subciclos, se utilizará el método correspondiente al ruido aleatorio.


Ejemplo
Puesto de trabajo de un pulidor cuya jornada laboral se compone de ciclos de 85 minutos distribuidos de la siguiente forma:


Pulido de piezas: 70 minutos
Limpieza de piezas con aire comprimido: 10 minutos
Transporte de piezas: 5 minutos.


Con una duración total de 7,5 horas de dicha jornada, haciendo una pausa de 30 minutos para desayunar en el comedor de la empresa, donde no hay exposición al ruido.


Efectuado un estudio previo sobre el tipo de ruido al que está expuesto el trabajador se ha llegado a las siguientes conclusiones: durante el pulido de piezas el ruido al que está sometido es periódico; la limpieza con aire comprimido genera un tipo de ruido aleatorio, mientras que durante el transporte de piezas el trabajador está únicamente sometido al ruido de fondo de la nave que se puede considerar estable.

Las mediciones se efectuaron con un decibelimetro integrador-promediador utilizando la siguiente metodología:
  1. Pulido de piezas: Se efectuaron 5 mediciones del nivel equivalente correspondiente al ruido generado por sendas piezas, obteniéndose los siguientes datos en dBA: 92, 95, 93, 91, 93, lo que supone un LAeq,T1 de 93 dBA.
  2. Limpieza de piezas con aire comprimido: Al tratarse de un ruido aleatorio, se efectuó un medición del nivel equivalente durante todo el subciclo, obteniéndose un LAeq,T2 de 100 dBA.
  3. Transporte de piezas: Se efectuaron 3 mediciones del nivel equivalente, obteniendo un LAeq,T3 de 80 dBA.
  4. Nivel diario equivalente: Mediante la aplicación de la expresión (1) se obtiene:
    Laeq.T= 10 Ig 1/85 (70 x 100.1x93 + 10 x 100,1x100 + 5 x 100,1x80) = 94,5 dBA,
y, mediante la aplicación de la expresión (2), obtenemos:


LAeq,d = 94,5 + 10 Ig (7,5/8) = 94,2 dBA

Nota completa:
http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/201a300/ntp_270.

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viernes, 27 de enero de 2012

EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN A AGENTES QUÍMICOS

Antes de iniciar cualquier proceso de medición o toma de muestras de contaminantes ambientales, deben estar resueltas las respuestas a las preguntas características: ¿Qué? ¿Cómo? ¿Dónde? ¿Cuándo? La experiencia indica que el tiempo invertido en estas consideraciones previas tiene un especial rendimiento al optimizar de manera determinante la efectividad posterior de las medidas
efectuadas.

La medición directa y, sobretodo la toma de muestras para su análisis posterior en el laboratorio, presenta dos tipos de condicionantes, tecnológicos y estratégicos. Los primeros son los relacionados con el instrumental empleado para la lectura directa y la toma de muestras y corresponderían a las preguntas: ¿Qué? y ¿Cómo?. Los condicionantes de estrategia (¿Dónde? ¿Cuándo?) son los que afectan la representatividad del resultado. Son los que permitirían contestar básicamente a las preguntas: ¿Se mide lo que se quiere medir? y ¿El resultado obtenido permite «opinar»? Son los propios condicionantes tecnológicos (del método analítico), el número de muestras a tomar, el número de trabajadores y de jornadas a muestrear, la duración del muestreo, las alternativas (una muestra larga o muchas muestras cortas), etc.

La adecuada combinación entre las características de la exposición, las del método analítico disponible y las del criterio de valoración a aplicar es el punto de partida necesario para el éxito en la determinación de la exposición.

QUÉ MEDIR

Debe recabarse información sobre los aspectos que se relacionan a continuación, ya que si no se sabe que se va a muestrear, es altamente improbable que se obtenga un resultado útil en la operación.

Qué se compra, se vende, se forma.
Conocimiento - experiencia en el proceso.
Listado de productos empleados.
Determinación previa de materias primas (cualitativo, cuantitativo).
Determinación de mayoritarios o minoritarios (contaminantes).
Función química a considerar.
Gases, vapores. Posible de la coexistencia líquido – vapor.
Aerosoles: polvo, humo, fibras, nieblas.
Aerosoles: tamaño de partícula. Polvo total o fracción de polvo respirable.
Mezclas.

CÓMO MEDIR

Captación activa

Se denomina captación activa aquella que requiere de la utilización de un sistema activo, normalmente una bomba, encargado de vehicular el aire a través del captador o de llenar un recipiente inerte.

Captación por difusión (pasiva)

Se denomina también "pasiva" por la ausencia de un caudal de aire vehiculado por una bomba. Se basan en el movimiento por difusión de un gas (contaminante) en el seno de otro (aire). El proceso de captación consiste en la fijación del contaminante por difusión en el captador. La concentración se calcula en base a la cantidad de contaminante determinada en el captador, el tiempo que ha durado el muestreo (nunca inferior a 30 min y recomendable a partir de 4 h) y un factor que representa la velocidad de captación por difusión, obtenido experimentalmente, y que depende del coeficiente de difusión del contaminante en aire y de la geometría del captador. Se usan para gases y vapores y cabe distinguir entre los de tipo general, como por ejemplo los de carbón activo (de los que existen distintos modelos), y los específicos, que se hallan disponibles para algunos contaminantes.

DÓNDE MEDIR

En higiene industrial, cuando se trata de medir la exposición de un trabajador por vía respiratoria, se suele exigir que la muestra sea personal, es decir, tomada en el área respiratoria del trabajador. Otras alternativas son: el puesto de trabajo, el punto de emisión y ambiental (puntual, general, automatizada).

CUÁNDO MEDIR

La determinación de la exposición a un contaminante requiere una medida continua durante toda la jornada laboral o durante todo el tiempo que dure la exposición. Dado que ello es irrealizable en la mayor parte de los casos, el cuándo efectuar la medida vendrá dado por la estrategia de muestreo escogida. Las posibilidades son: ciclo de trabajo, grupos de exposición homogénea, discontinua (periódica, aperiódica y aleatoria), según el patrón temporal del Criterio de Valoración, y en las condiciones más desfavorables.

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miércoles, 25 de enero de 2012

SEGURIDAD TOTAL: LAS 4 MODALIDADES DE LA SEGURIDAD PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS DEL TRABJO


La SEGURIDAD TOTAL es el nuevo y más efectivo avance en materia de Prevención de Riesgos del Trabajo, porque:

Fija Objetivos Metodológicos y de Resultados.
Determina la aplicación de un Plan Maestro de Seguridad
Define las 4 Modalidades simultáneas y permanentes de Prevención.
Incorpora un nuevo Indice de Riesgos que permite evaluar la actividad Correctiva y Preventiva Temprana.
Incluye las Responsabilidades de Seguridad de todas las Áreas y Niveles de la Organización, con detalles de Obligaciones específicas en la materia.
Orienta para capacitar y acreditar Competencias en Seguridad, de los Niveles de Mando.
Involucra a todas las personas, por medio de la enseñanza y aplicación del Control y el Auto-Control Preventivo.

DEFINICIONES

SEGURIDAD TOTAL, es un proyecto global, basado en Sistemas y en Desempeños estrechamente relacionados, que tiende, en la moderna práctica de la Seguridad e Higiene en el Trabajo, a alcanzar Objetivos Metodológicos y de Resultados constituyendo, en sí mismo, un Modelo de Aplicabilidad de las 4 Modalidades de la Seguridad: Proactiva, Operativa, Pasiva y Reactiva.

OBJETIVO RIESGO CERO, no quiere decir la total eliminación de los riesgos o peligros, sino la acción de corregir o poner bajo control, los riesgos o peligros detectados, cuantificados, y evaluados en la actividad ó
ambiente bajo estudio de que se trate. Representa la voluntad e intención de alcanzar y mantener un estado sin riesgo ó peligro potencial ó real, previendo su ocurrencia y previniendo para evitar la misma. Si se considera que todas las cosas pueden ser riesgosas ó peligrosas, también se debe considerar que todas las cosas pueden pasar a ser confiables, en la medida que sean seguras y una cosa es segura cuando está libre de peligro.

Si se quieren evitar los accidentes, que son hechos CAUSALES y dado que los riesgos existen, no queda otro camino que aplicar un SISTEMA DE CORRECCIÓN Y PREVENCIÓN, para mantenerlos bajo control. Y la acción que se desarrolle en tal sentido, debe tender a eliminar, neutralizar, corregir ó poner bajo control, todas aquellas causas reales ó potenciales, que puedan desencadenar accidentes y que calificadas como riesgo, sean detectadas en cualquiera de las actividades que el hombre desarrolle.

El CERO ACCIDENTE es un objetivo de Resultado obtenido por Medidas de Control de Riesgos y Conductas Seguras y dirigido a lograr la no ocurrencia de hechos accidentales.

PLAN MAESTRO, incluye la implementación secuencial y simultánea de las 4 Modalidades de la Seguridad, con requerimientos de mínima destinados a cubrir el “antes” (Seguridad PROACTIVA), “durante” (Seguridad OPERATIVA), “cuando” (Seguridad PASIVA) y “después” (Seguridad REACTIVA), de los posibles hechos accidentales.

SEGURIDAD PROACTIVA, está dirigida a corregir preventivamente en forma “temprana”, los Riesgos detectados, que sean considerados como Causas Potenciales, posibles de desencadenar Accidentes y Enfermedades del Trabajo, debidamente analizados, cuantificados y priorizados, elaborando un Plan de Correcciones y Prevenciones y fijando Prioridades, Plazos y Responsabilidades de Ejecución.

SEGURIDAD OPERATIVA, está dirigida a efectuar la Prevención en primera persona, aplicando en la tareas y operaciones, las técnicas del AUTOCONTROL PREVENTIVO, para lo cual, se deberá Capacitar e Instruir a los Trabajadores, facultándolos para aplicar medidas correctivas “in-situ”, dentro de sus atribuciones y responsabilidades, sólo transfiriendo los problemas al nivel inmediato Superior, cuando corresponda. El Autocontrol Preventivo que aplica el Trabajador, debe ser complementado por el CONTROL PREVENTIVO, que cabe a los Niveles de Supervisión.

SEGURIDAD PASIVA, está dirigida a contar, en aquellos Establecimientos que lo ameriten, con Equipamiento y Personal capacitado y entrenado para actuar como respuesta rápida ante la ocurrencia de Accidentes o Siniestros, con la finalidad de minimizar en todo lo posible, el agravamiento de los daños y las consecuencias de los mismos, contribuyendo a la reanudación de los procesos productivos interrumpidos, respondiendo a un Plan de Acción contra Desastres – ACODE, que incluya Sistemas de alarma, Roles de Actuación, Planes de Evacuación y Simulacros.

SEGURIDAD REACTIVA, está dirigida a investigar las causas que produjeron los Accidentes e Incidentes, a efectos de tomar las Medidas de Corrección de Riesgos y /o la adecuación de Métodos y Ambientes de Trabajo, para evitar la repetición de los hechos por las mismas causas, procediendo en su caso, a capacitar e instruir al Personal.

Las cuatro Modalidades de la Seguridad, conforman el PLAN MAESTRO DE PREVENCIÓN, que puede aplicarse a cualquier tipo de ambiente o actividad laboral y social, siendo además, un componente implícito en los Sistemas de Gestión de SySO.

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martes, 24 de enero de 2012

LA NANOTECNOLOGÍA Y LOS RIESGOS LABORALES DEL FUTURO

Hoy en día, la nanotecnología está revolucionado el mundo como lo hicieron en su época otras tecnologías que son de nuestro quehacer diario. Nuevas formas científicas que permiten la manipulación de sustancias en la escala de los átomos construyen la brújula de los desarrollos tecnológicos del futuro.

La nanotecnología ha sido definida como la ciencia dedicada a la fabricación de tecnología en miniatura. Su característica fundamental es que constituye un ensamblaje interdisciplinario de varios campos de las ciencias naturales que están altamente especializados, como la química, la biología molecular, la física, la electrónica, la informática, las matemáticas y la bioquímica.

La nanotecnología es una poderosa fuerza de transformación económica, social y ambiental en el mundo moderno. La relación del hombre con su ambiente no escapa de esta nueva tecnología.

La nanotecnología –como conjunto de técnicas que permiten crear o manipular partículas ultrafinas de tamaños comparables a los de los virus, menores que 100 nanómetros para aplicaciones industriales – ya está entrando en los entornos laborales de los países más industrializados. Sin embargo, aún no existe una normativa específica que limite ni la producción, ni la incorporación a procesos productivos, ni la exposición laboral a las nanopartículas. Esto quiere decir que nos adentramos en nuevos territorios, también en lo que a riesgos se refiere.

Las propiedades de estas novedosas nanopartículas y nanoestructuras son todavía, en gran parte, desconocidas. Ahora bien, se conjetura que con algunas de estas propiedades (por ejemplo la superficie altamente reactiva de los nanomateriales y su habilidad para atravesar membranas) podría vincularse un grado potencialmente elevado de toxicidad.

El actual desconocimiento sobre los efectos de las nanopartículas, como principal fundamento de la acción preventiva en el entorno laboral, hace que el trabajo que se está desarrollando atente contra la salud de los trabajadores, ya que científicamente no puede darse explicación de sus efectos a partir de los conocidos en esos materiales a mayor tamaño. Para ninguna nanopartícula se ha establecido científicamente que la absorción de dosis muy bajas sea inocua.

Se han realizado estudios por entidades gubernamentales, como la National Science Foundation (EE.UU.), la Comisión Europea , la Royal Society (RU) y la ETCGroup (Canadá), que apuntan a la necesidad de incorporar desde el inicio investigaciones que tengan en cuenta los aspectos sociales, económicos, ambientales, políticos y éticos a la hora de introducir la nanotecnología en nuestras sociedades.

El Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (NIOSH) de los EE.UU. continúa realizando investigaciones para determinar si las nanopartículas constituyen una amenaza de salud para los trabajadores expuestos. Los estudios de laboratorio en animales han demostrado que ciertos tipos de nanopartículas, cuando son inhaladas, pueden llegar a la sangre, al cerebro y a otros órganos de estos animales. Algunos estudios han mostrado efectos adversos como inflamación y fibrosis en los pulmones y otros órganos de los animales de laboratorio.

Se considera que los incendios y las explosiones son los principales riesgos asociados a las nanopartículas en el lugar de trabajo.

Los trabajadores pueden estar expuestos a través de tres vías:

Inhalación, se considera la ruta más común de exposición.

Ingestión, los trabajadores pueden resultar expuestos por el contacto involuntario entre las manos contaminadas y la boca, o por la ingestión de partículas procedentes del aparato respiratorio.

Cutánea, algunos estudios indican que las nanopartículas pueden penetrar la piel. Esta posibilidad está siendo investigada.

Hay varios factores que afectan la exposición de los trabajadores a las nanopartículas, como son:

La concentración, la duración y la frecuencia de la exposición.

La capacidad que tienen las nanopartículas de dispersarse fácilmente como polvo (por ejemplo, en forma de talco) o como gotas o aerosoles de transmisión aérea, que pueden causar una mayor exposición en los trabajadores.

Es por esto que los empleadores deben usar controles técnicos para reducir la exposición de los trabajadores a las nanopartículas. Estos controles incluyen la contención de la fuente (aislamiento del trabajador de la fuente que genera la exposición) y sistemas locales de ventilación por aspiración. Deben tenerse en cuenta, además, el uso de respiradores.

No debe olvidarse la capacitación de los trabajadores, ya que para reducir la exposición laboral, deben aprender a manipular en forma segura las nanopartículas, usar el equipo de protección personal, disponer de la ropa de trabajo adecuada, limpiar las superficies contaminadas y eliminar las nanopartículas derramadas.

Por el momento, es difícil valorar con certeza el peligro que representa cada uno de los tipos de nanopartículas al ser humano. En el ámbito internacional no se han establecido normas de exposición a las nanopartículas, por lo cual debe recomendarse adoptar una posición prudente en la fabricación y el uso de nanopartículas en la industria.

El rápido crecimiento de la nanotecnología registrado mundialmente a partir de los años ochenta, ha llevado a los países más industrializados a invertir cifras millonarias (y crecientes cada año) en las actividades públicas y privadas de investigación y desarrollo en esta temática.

El avance de la nanotecnología en Iberoamérica es de un desarrollo desigual. España y Brasil son los pioneros y actualmente los líderes de la producción científica y desarrollo tecnológico en nanotecnología. Portugal, México y Argentina constituyen un segundo bloque con rasgos semejantes entre sí. Los restantes países presentan una producción marcadamente más reducida.

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lunes, 23 de enero de 2012

LUGARES DE TRABAJO


El emplazamiento, el diseño, la estructura material y los elementos que componen los edificios son factores que condicionan la salud, la seguridad y el bienestar de los trabajadores y trabajadoras. Como tales, deben ser gestionados preventivamente.

PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LOS LUGARES DE TRABAJO

Los locales, edificios e instalaciones dónde se trabaja tienen características variadas, dependiendo de la actividad a la que van destinados. El proyecto de construcción de un local de trabajo ha de tener en cuenta estos aspectos. Haciéndolo así se evita una gran cantidad de problemas de salud y seguridad que afectarían a los trabajadores y trabajadoras.

Hay que contemplar siempre la posibilidad de que en los edificios y los locales concebidos para un uso se generen nuevos riesgos al modificar las características del local, como por ejemplo, al levantar tabiques o modificar otros elementos. En muchas ocasiones, al modificar la actividad o introducir nuevos procesos de trabajo, al cambiar las maquinarias o la tecnología, al modificar la organización del trabajo (o al aumentar el número de personas), etc., se están introduciendo cambios que afectan las condiciones de salud y seguridad de los locales ya existentes. En cualquiera de estos dos casos, pueden haber quedado obsoletas las medidas preventivas dispuestas. Entonces, se debe proceder a revisar la evaluación de riesgos y a modificar el plan de prevención.

DEFINICIONES

Cuando hablamos de lugar de trabajo nos estamos refiriendo a aquellas áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en la que las personas deben permanecer o deben acceder debido a su trabajo. Sin embargo, no se debe olvidar que también puede acudir y/o permanecer público, clientes, pacientes o usuarios de servicios.

Se consideran lugares de trabajo no sólo las instalaciones industriales, fábricas y oficinas sino también hoteles, oficinas, escuelas, incluyendo los servicios higiénicos, locales de descanso, locales de primeros auxilios y comedores. Igual consideración tendrán todas aquellas instalaciones consideradas de servicio; es decir, salas de calderas, salas de compresores, sala de máquinas de ascensores.

También, quedan definidos como lugares de trabajo los tendidos eléctricos, ya estén en medio urbano o rural, postes, etc. Además, cualquier lugar dónde pueda permanecer un trabajador durante sus labores, aunque no sea propiamente un "centro de trabajo".

EVALUACIÓN DE RIESGOS

Los lugares de trabajo deben cumplir una serie de características estructurales y de orden y limpieza, de iluminación, etc. de modo que no den lugar a riesgos, ni perjudiquen la salud y la seguridad de las personas que allí trabajan. Estas características se deben corresponder con la actividad que se realiza, el número de personas que trabaja o visita el centro, y con las sustancias y materiales que se utilizan o se almacenan.

En la evaluación de riesgos de los lugares de trabajo se debe tomar en cuenta las características de los locales, en relación a las personas que trabajan y a las tareas que realizan.

Los efectos de los lugares de trabajo mal diseñados pueden ser múltiples, ya que pueden ser la causa de problemas músculo-esqueléticos, estrés, dolores de cabeza, accidentes, etc. Estos aspectos se han de tomar en cuenta en la evaluación de riesgos.

En cualquier caso, todo centro de trabajo debe organizar el mantenimiento de los edificios y el plan de prevención y de emergencias y primeros auxilios. Esto vale tanto para grandes complejos industriales diseñados y construidos con los mejores y más modernos medios, hasta pequeños talleres ubicados en cualquier sitio, pasando por variados tipos de oficinas y despachos.

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viernes, 20 de enero de 2012

REGISTRO DE SUSTANCIAS Y AGENTES CANCERIGENOS

El 15 de abril de cada año vence el plazo anual para que los empleadores se inscriban en el "Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos", creado por la SRT. De modo que todos los empleadores que produzcan, importen, utilicen, obtengan en procesos intermedios, vendan y/o cedan a título gratuito los agentes y sustancias considerados cancerígenos, deberán cumplir con esta obligación. La inscripción debe efectuarse por medio de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), excepto en el caso de los empleadores autoasegurados, que deberán inscribirse directamente ante la SRT. Asimismo, existe el compromiso de las ART de brindar asesoramiento y ofrecer asistencia técnica a sus empleadores afiliados comprendidos en esta obligación, con el propósito de fomentar su cumplimiento y su correcta implementación.


Resolución SRT 415/2002 - Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos

ANEXO I
LISTADO DE SUSTANCIAS Y AGENTES CANCERIGENOS

Los agentes, mezclas o exposiciones circunstanciales que se detallan a continuación son carcinógenas para los humanos (IARC – Grupo 1):

— Aceites minerales (no tratados y medianamente tratados) *
— Alcohol isopropílico, manufactura por el método de los ácidos fuertes
— Alquitranes *
— Amianto
— 4-Aminobifenilo
— Arsénico y sus compuestos
— Asfaltos *
— Auramina, manufactura de
— Benceno
— Bencidina
— Berilio y sus compuestos
— Bis (clorometil) éter, grado técnico
— Cadmio
— Clorometil metil éter, grado técnico
— Monómero de cloruro de vinilo
— Cromo hexavalente y sus sales
— Extractos aromáticos *
— Gas mostaza (iperita)
— Hematita, minería subterránea de, con exposición al radón
— Hollín *
— Magenta, manufactura de
— 2-Naftilamina
— N,N-bis (2-cloroetil)-2-naftilamina
— Níquel, compuestos de
— Oxido de Etileno
— Radón y sus compuestos
— Sílice
— Talco conteniendo fibras asbestiformes
* Debido a los hidrocarburos aromáticos policíclicos cancerígenos que contienen.

ANEXO ll

1.- DATOS GENERALES DE LA EMPRESA

(0) Se indicará el nombre y Código de ART a la que se encuentra afiliada la empresa.
(1) Se indicará el número de C.U.I.T. de la empresa.
(2) Denominación completa, siglas de la firma o empresa informante, según estatuto, contrato o documento, por la que ha sido constituida y/o habilitada para operar en el país.
(3) Considerar calle, número, piso, departamento, oficina correspondiente al domicilio legal.
(4) Nombre de la localidad, ciudad o lugar geográfico.
(5) Indicar el nombre de la Provincia al que pertenece el domicilio legal.
(6) Transcribir el número de Codificación Postal, sin separarlo con guiones o puntos, que le corresponde al domicilio legal, en base a la Guía de Números Postales del Correo Argentino.
(7) Número telefónico del domicilio legal.
(8) Denominación completa del establecimiento o centro de trabajo, que presenta el informe.
(9) Ubicación del establecimiento: calle y número.
(10) Indicar localidad, ciudad o lugar geográfico donde se encuentra el establecimiento.
(11) Señalar nombre de la Provincia correspondiente al domicilio del establecimiento.
(12) Transcribir el número de Codificación Postal, que le corresponde al domicilio del establecimiento en base a la Guía de Números Postales del Correo Argentino.
(13) Número telefónico del domicilio del establecimiento.

2 -RESPONSABLE DE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL INFORME-

(14) Transcribir textualmente el/los apellido/s y nombre/s de la persona responsable de todos los datos contenidos en la presentación del Anexo ll del Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos tal como figura en el documento de identidad citado en (15).
(15) Consignar el número y tipo de documento respectivo indicando las siglas que le correspondan (C.I.; L.E.; L.C.; D.N.I.).
(16) Consignar el número de C.U.I.T. o C.U.I.L. del responsable de los datos contenidos en el informe.
(17) Día, mes y año en que firma el Registro de sustancias cancerígenas el responsable del mismo.
(18) Código de representación, firma y sello aclaratorio del responsable de la exactitud de los datos consignados en el informe.

Se considerará válida la representatividad de las personas que ejerzan las funciones enumeradas según código, siempre que posean poder al efecto. La representatividad se expresará por el siguiente código:

01 - Representante Legal
02 – Presidente
03 - Director General
04 - Administrador General
05 – Vicepresidente
06 - Gerente General

3 - OTROS DATOS GENERALES

19.a) Indique el código de actividad principal de la empresa, según la codificación de actividad adjunta en el formulario 454 ó 150 de la DGI
(19.b) Indique el código de actividad principal del establecimiento, según la codificación de actividad adjunta en el formulario 454 ó 150 de la DGI
(20) Se cumplimentará con el número total de trabajadores en tareas exclusivamente administrativas, es decir, trabajadores en actividades que no sean de producción.
(21) Se colocarán el total de trabajadores en tareas o en procesos de producción. (Se han de incluir los administrativos expuestos a los riesgos de producción).
(22) Se refiere al total de trabajadores en producción y administración, es decir, se colocará la suma de los anotados en (20) y (21).

4 - SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

(23) Transcribir textualmente el apellido y nombre de la persona responsable del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo, tal como figura en su documento de identidad.
(24) Consignar el número de documento de identidad y tipo del mismo (C.I.; L.E., L.C., D.N.I.)
(25) Indicar el número de C.U.I.T. o C.U.I.L., tachar lo que no corresponda.
(26) Indicar el número de Registro Unico de Graduado Universitario, en caso de poseerlo, o Título Habilitante y la Certificación de su especialidad emitida por los Consejos y/o Colegios Profesionales de Ley de la jurisdicción que corresponda, según lo prescripto por la Res. SRT N° 201/01.
(27) Indicar la asignación de horas-profesional mensuales en el establecimiento dispuesta por artículo 12° del Decreto Nº 1338/96.

5 - SERVICIO DE MEDICINA DEL TRABAJO

(28) Transcribir textualmente el apellido y nombre de la persona responsable del Servicio de Medicina del Trabajo, tal como figura en su documento de identidad.
(29) Consignar el número de documento de identidad y tipo del mismo (C.I.; L.E., L.C., D.N.I.)
(30) Indicar el número de C.U.I.T. o C.U.I.L., tachar lo que no corresponda.
(31) Indicar el número de matrícula de Médico Laboral otorgado por el Ministerio de Salud y Acción Social.
(32) Indicar la asignación de horas-médico semanales en el establecimiento dispuesta por artículo 7° del Decreto Nº 1338/96.

6 - INFORMACION Y CAPACITACION

(33) Indicar según corresponda, si se brinda o no información sobre los riesgos carcinógenos de las sustancias utilizadas al personal ocupado. Si la respuesta es afirmativa, adjuntar copia del material impreso que se distribuye.
(34) Indicar según corresponda, si se brinda o no capacitación con respecto a los riesgos carcinógenos de las sustancias utilizadas al personal ocupado. Si la respuesta es afirmativa, adjuntar copia del material impreso que se distribuye.
 
7 - ORGANIZACION DE LA PREVENCION

(35) Consignar si se realizaron Estudios para el reemplazo de las sustancias utilizadas y si existen posibilidades para la sustitución de las mismas.
(36) Detallar las Medidas adoptadas para minimizar la exposición a las sustancias utilizadas.

8 - EXAMENES MEDICOS

(37) Indicar si se realizan o no estudios médicos a los trabajadores al ingreso, periódicos y al egreso, según corresponda.

9 - ESTUDIOS AMBIENTALES ESPECIFICOS

(38) Indicar si se realizan o no estudios ambientales específicos de: el/los agentes cancerígenos utilizados. En caso afirmativo mencionar la frecuencia y metodología empleada.

10 - ESTUDIOS BIOLOGICOS ESPECIFICOS

(39) Indicar si se realizan análisis clínicos y/o estudios complementarios específicos. Se entiende por "específicos": dosaje de sus metabolitos y cualquier método para evaluar la acción de el/los agentes cancerígenos sobre el/los órgano/s afectado/s. En caso afirmativo indicar cuales son los estudios y con que frecuencia se realizan.

11 - CANTIDAD ANUAL DE SUSTANCIAS UTILIZADAS Y MODO DE EMPLEO

(40) En la columna "sustancia" se deberá consignar el nombre de la sustancia o agente cancerígeno utilizado tal como figura en el Anexo l, ya sea que se encuentre en estado puro o formado parte de la mezcla.

En la columna "nombre comercial" se consignará el nombre comercial o marca registrada con que se conoce a la formulación que contiene a la sustancia mencionada en la columna anterior. Lo mismo deberá realizarse en caso de tratarse de una sustancia al estado puro.

En la columna "usos" se consignará la forma de utilización del producto referido en la columna anterior (ej.: disolvente, desinfectante, aditivo, pigmento, plastificante, etc.)
En la columna "modo de empleo" se consignará la forma en que se encuentra la sustancia o agente cancerígeno se utilice como materia prima y/o se encuentre almacenada para su utilización posterior.

M.P. (materia prima): Se consignará en caso que la sustancia o agente cancerígeno se utilice como materia prima y/o se encuentre almacenada para su utilización posterior.

P.F. (producto final): Se consignará en caso que la sustancia o agente cancerígeno se encuentre como tal en el producto final.

AL. (almacenamiento): Se consignará sólo en caso que la sustancia o agente cancerígeno se encuentre almacenada sin posterior destino productivo o comercial.


OT. (otros): Se consignará cualquier otro caso o contemplando anteriormente, debiéndose aclarar en "OBSERVACIONES" (ej.: laboratorio, fraccionamiento, desechos de producción reciclables o no, etc.).

En la columna "sector" se consignará el sector/s donde se utiliza la sustancia o agente cancerígeno en estado puro o mezcla.

En la columna "cantidad" se consignará las columnas cantidades de sustancias o agentes cancerígenos indicando las unidades (kg., 1, m3, etc.).

12 - CANTIDAD DE TRABAJADORES DISCRIMINADOS POR SECTOR

(41) En la columna "sector" se indicará el sector donde se utilizan sustancias o agentes cancerígenos en estado puro o formando parte de mezclas.

En la columna "sustancia" se deberá consignar el nombre de la sustancia o agente cancerígeno utilizado tal como figura en el Anexo l, ya sea que se encuentre en estado puro o formado parte de la mezcla, que se utilice en el sector mencionado en la columna anterior.

En la columna "permanentes" se deberá consignar la cantidad de trabajadores que realicen tareas en el sector en forma estable.

En la columna "no permanentes" (1) se deberá consignar la cantidad de trabajadores que alternen tareas entre sectores que utilicen sustancias o agentes cancerígenos con otros sectores en los que no los empleen.

En la columna "no permanentes" (2) se deberá consignar la cantidad de trabajadores que realicen tareas en más de un sector en donde se utilicen sustancias o agentes cancerígenos. A fin de evitar que el número total de trabajadores se pudiera considerar artificialmente aumentado, por considerar a los mismos trabajadores en más de un sector, se deberá indicar en cada caso la letra correspondiente al sector o sectores que se hallan involucrados en la rotación.

13 - LISTADO DE TRABAJADORES DISCRIMINADOS POR SECTOR

(42) En la columna "sector" se indicará la letra con la que se lo identificó en el punto (12).

En la columna "apellido y nombre", "edad" y "C.U.I.L" se consignarán los datos correspondientes a cada uno de los trabajadores del sector.

En la columna "antig. sector" se consignará la antigüedad del trabajador en el sector de referencia y en cualquier otro en que se hayan utilizado alguna de las sustancias listadas en el Anexo l. (Se indicará la suma de tiempo total).

En la columna "antig. empresa" se consignará "P" (permanente); "NP1" (no permanente 1) y "NP2" (no permanente 2), de acuerdo a lo manifestado en el punto (12).

LISTADO DE PROVEEDORES DE LAS SUSTANCIAS MENCIONADAS EN EL PUNTO (12)

(43) La empresa proporcionará un listado de los proveedores de las sustancias o productos que las contengan empleadas en sus procesos que estén listadas en el Anexo l.
Los datos a consignar serán: nombre o razón social, C.U.I.T, dirección y código postal del proveedor; nombre químico y comercial de la sustancia y/o producto provisto.

15 - LISTADO DE COMPRADORES DE LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN LAS SUSTANCIAS MENCIONADAS EN EL PUNTO (12)

(44) La empresa proporcionará un listado de los compradores mayoristas de las sustancias y/o productos que las contengan que estén listados en el Anexo l.

Los datos a consignar serán: nombre o razón social, C.U.I.T, dirección y código postal del comprador; nombre químico y comercial de la sustancia y/o producto comercializado.

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