lunes, 8 de agosto de 2011

Derecho de los Recursos Naturales


Recursos: Distintos elementos de los cuales el género humano se sirve para satisfacer sus necesidades o exigencias.

Recursos Naturales: Elementos que se encuentran en la naturaleza y que no han sido transformados por el hombre y son esenciales y útiles para satisfacer las necesidades humanas.

Se considera Recursos Naturales a los siguientes:

a) el suelo, esto es, la tierra útil al hombre;
b) los yacimientos minerales sólidos, líquidos (como el petróleo) ó gaseosos (hidrocarburos y vapores endógenos, aptos para producir energía);
c) los recursos hidráulicos, esto es, el agua, en sus diversos estados físicos y condiciones de existencia: nubes, lluvia, nieve, agua superficial y subterránea;
d) flora silvestre: terrestre (bosques, praderas) o acuática (algas);
e) fauna silvestre: terrestre (animales plumíferos o pelíferos), acuática (peces, moluscos, cetáceos), anfibia (quelonios) o aérea (aves guaneras);
f) el espacio aéreo, incluyendo el aire, el agua meteórica, las ondas hertzianas, la radiación solar y cósmica y los gases de utilidad industrial;
g) los recursos panorámicos o escénicos, esto es, los lugares cuya belleza sirve para recreación y promueven riqueza con turismo;
h) la energía, que puede ser hidráulica, eólica, mareomotriz, térmica, nuclear.

La ley de recursos naturales establece mecanismos para normalizar la situación de desequilibrio que producen las actividades humanas debido a la interdependencia que presentan los recursos. Como así también regula los usos de los mismos, con el propósito de disminuir y evitar los efectos nocivos que se puedan llegar a generar tanto para el ambiente como para el hombre.

Las Leyes adoptan distintas fórmulas legales para evaluar los recursos. El propósito de la evaluación es determinar la constancia, existencia, y posibilidad de distribuir en forma adecuada los mismos, con el fin de que las autoridades establezcan los usos autorizados y los límites racionales. Dentro del mismo esquema, determinar científicamente los valores límites de capacidad de absorción atmosférica, para así establecer normas que restrinjan el uso de los mismos cuando se superen dichas condiciones, de caso contrario, devendrá la contaminación y pérdida de las características particulares de los recursos.

Dentro del concepto de evaluar debe considerar la explotación del recurso ya efectuada e incluso la que se está realizando, pues sólo así puede lograrse un panorama real de las posibilidades futuras.

El desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de manera tal, que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras.

La Ley debe enumerar las prioridades y conveniencias de uso de los recursos.

La calidad de los recursos no puede variar por efecto de su utilización, quien opere con ellos debe tomar todos los recaudos necesarios con el fin de preservarlos.

La normativa de los recursos naturales considera las condiciones de vida en nuestro planeta, y la protección de la vida de todo ser viviente respecto de cualquier tipo de agresión que pueda recibir de otro sector de vivo de la naturaleza.

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